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Sección 504

El artículo 504 es una ley de derechos civiles que protege de la discriminación a los alumnos con discapacidad. Garantiza que todos los alumnos, independientemente de su discapacidad, tengan el mismo acceso a los programas escolares, los entornos de aprendizaje y las actividades. 

¿En qué se diferencia la Sección 504 de la Educación Especial (IDEA)? 

Sección 504 

Educación especial (IDEA) 

Legislación sobre derechos civiles 

Ley de educación 

Proporciona adaptaciones para ayudar a los estudiantes a acceder al aprendizaje 

Proporciona instrucción y servicios especializados 

Para estudiantes con cualquier discapacidad que afecte significativamente a una actividad vital importante 

Para estudiantes con una de las 13 categorías específicas de discapacidad 

Los alumnos permanecen en el aula de educación general con apoyos 

Puede incluir tiempo en entornos de educación especial con instrucción adaptada. 

No tiene un plan educativo individualizado (PEI); utiliza un Plan de Servicios 504 

Utiliza un Programa Educativo Individualizado (PEI) 

 

¿Quién puede acogerse a la Sección 504? 

Para ello, un Comité 504 debe determinar que: 
  1. El alumno tiene una discapacidad física o mental 
  2. Que la deficiencia afecte a una o más actividades importantes de la vida diaria (como aprender, andar, ver, concentrarse, etc.). 
  3. El impacto del deterioro es sustancial 

¿Qué apoyo se presta? 

Los alumnos que cumplen los requisitos de la Sección 504 reciben un Plan de Servicios con adaptaciones específicas, como por ejemplo 
  • Tiempo extra en los exámenes
  • Asientos preferentes 
  • Tecnología asistencial 
  • Asignaciones modificadas 
Estos soportes deben ser: 
  • En función de la discapacidad del alumno
  • Claramente necesario 
  • Apoyado por datos 

¿Cómo empezar?

Si cree que su hijo puede acogerse a la Sección 504: 
  1. Póngase en contacto con el enlace del sistema de apoyo de varios niveles (MTSS) de su campus.
  2. Solicitar una reunión de evaluación 504. Esto se puede hacer por: 
    • Llamada telefónica 
    • Correo electrónico 
    • Carta 

También puedes dirigirte a la dirección de tu centro para que te oriente. 

Recursos para las familias